Confección de Planos de Calidad

Revisión y Registro de Planos en General – Polígono

La segunda sección en la Revisión y Registro de Planos corresponde a los requerimientos y reglamentaciones que se deben en cuenta para la confección del plano referente al polígono,

Polígono

Analizaremos los diferentes detalles del polígono: Ubicación, Escala, Norte, Colindantes, Vértices y líneas, Servidumbres, entre otros

Como pueden ver este formato tiene las mismas medidas y la hoja está orientada horizontal o verticalmente, lo que optimiza el uso del espacio

Consideraciones de las generales del Polígono:

1 Ubicar el polígono centrado en el papel, sin interferir con el demás elemento, debe ocupar como mínimo el 25% del área total de la hoja de plano

    1. Motivo de rechazo:
      1. Ubicación incorrecta
      2. Es menor del 25% mínimo de área total de la hoja del plano
      3. Interfiere con otros elementos del plano

2. Dibujar a escala legible y con líneas continuas, el polígono debe estar referido al norte de cuadricula

    1. Motivo de rechazo:
      1. Omitida o errada la escala gráfica del polígono
      2. polígono dibujado en líneas continuas
  • No está referido al norte de cuadricula
  1. Diagrama de norte errada
  1. Colocar en todos los linderos información registral completa de los colindantes
    1. Motivo de rechazo:
      1. La información del colindante es incorrecta
    1. La información del colindante parcial o incompleta

     

    1. Diagrama de norte de cuadricula: se dibuja indicando hacia arriba y paralelo al marco de la localización regional en el extremo superior izquierdo del polígono. En YouTube Aruva oficial, explico con detalle este punto.
      1. Motivo de rechazo:
        1. Ubicación incorrecta del norte de cuadricula
        2. El norte no está referido al norte de cuadricula

    Omitido el norte de cuadricula

  1. Vértices entre líneas de propiedad: se indicará el tipo de vértice o marca física, natural o artificial, identificados con letras o números secuenciales que forman el dibujo del polígono, los cuales obligadamente deben estar en campo
    1. Motivo de rechazo
      1. Omitida la información de vértice

No hay secuencia en la numeración o letras de los vértices

  1. Distancia a la línea de propiedad: se debe indicar las distancias de la línea central del terreno al eje central o total del derecho de vía.

En caso de bordes de barrancos de ríos, quebradas, lagos, cuando estos sean colindantes, se demarca su trayectoria y retiro

  1. Motivo de rechazo
    1. No indicada la distancia del centro o total de la vía a línea de propiedad
    2. Omisión datos de colindantes de ríos, canal quebrada, etc.
  • Omitida y/o errada la trayectoria de los cuerpos de aguas
  1. Omitida y/o errada el retiro de los cuerpos de agua
  1. Entrada y salidas de quebradas: En todo polígono se marcará la entrada y salida de quebradas que se ubiquen dentro del polígono, con sus debidos retiros. Ojo, ningún polígono puede incluir ríos dentro del mismo
    1. Motivo de rechazo
      1. Omitida la entrada y salida de quebradas que se ubican dentro del polígono, con sus retiros

Ríos dentro del polígon

  1. Servidumbre de acceso: cuando se trate de una servidumbre de acceso, se marcará con claridad los accesos del terreno de acuerdo con los anchos o derechos de vías vigentes.

En el caso de otras servidumbres indicar sus propósitos (pluvial, acceso, pluvial, eléctricas y otras), sus anchos y retiros

 

  1. Motivo de rechazo
    1. Omitidos o errados datos de servidumbre de acceso y sus retiros

No está indicado el propósito de la servidumbre

Importante, si el acceso se logra a través de otra finca particular, el plano deberá estar firmado por el propietario o representante legal de la misma; y en caso de ser nacional, por el usuario, poseedor u ocupante de la finca nacional, comprobado por la institución pertinente, en señal de aceptación del acceso. En este último supuesto, en caso de renuencia, determinará el acceso el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial; de tratarse de áreas rurales, lo hará la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, cumpliendo con el debido proceso