Consejos y Requisitos para la Aprobación de Planos de Urbanizaciones

Consejos y Requisitos  para la Aprobación de Planos de Urbanizaciones y  Parcelas  Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT)

Con la intención de brindar información valiosa sobre los requisitos necesarios para obtener la aprobación de planos en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVOT), tuvimos el placer de entrevistar a la Ingeniera Mary Carmen Rodríguez Chea, Directora de la Ventanilla Única del MIVOT. La entrevista fue llevada a cabo por la Ingeniera Rubielka Romero, Directora de Aruva, con el objetivo de proporcionar a nuestros lectores los mejores consejos para asegurarse de que su proceso de aprobación de planos sea un éxito. 

La aprobación de planos para lotificación en la ventanilla única del MIVI, pasa por dos procesos: Visto Bueno y Etapa de Inscripción

¿Para qué sometemos un plano ha visto Bueno del MIVIOT?

  1. Para verificar si ha cumplido con las requisitos y regulaciones correspondientes en relación al ordenamiento territorial
  2. Requisito para ingreso de aprobación en ANATI

¿Qué se revisa en Ventanilla Única del MIVI para la etapa de Visto Bueno?

Se verifica si son urbanizaciones que cumplan con lo establecido en el plano de construcción aprobado.

¿Por qué son rechazados los planos en esta etapa? 

img3

Son rechazados por:

  • El metraje de las áreas o descripciones de uso no cuadran con los indicado en el plano de construcción aprobado
  • No traen la firma del arquitecto     responsable
  • Falta del sello del agrimensor o ingeniero responsable de la mensura.
  • Falta la firma del propietario
  • No traen el plano de referencia
  • El plano de referencia no corresponde o no guarda relación con el área sometida.

Adicionalmente puede que los planos hayan sido aprobados en está etapa de Visto Bueno por el MIVIOT, pero ANATI, los rechazo por los motivos que tenga y el plano requiera volver a confeccionarse. Este debe iniciar nuevamente el proceso en el MIVI.

En relación con la segunda etapa, para etapa de Inscripción que nos puede compartir

La verdad es muy raro que un plano sea rechazado en esta etapa, es indispensable adjuntar  las actas de aprobación del MOP e IDAAN correspondiente a los lotes indicados en el plano.

 En el caso de los planos que hayan tenidos cambios de consideración por correcciones en ANATI y estos no fueron impresos fueron impresos nuevamente, por lo cual no se sometieron nuevamente al MIVIOT, estos son casos especiales de tratar y que pueden y deben ser evitados.

¿Cuánto tiempo demoran el trámite de aprobación en las etapas?

Después que se cumplan con los requisitos indicados entre 3 días y una semana. El planteamiento es no pasar más de una semana.

¿Qué es primero la aprobación de otras Instituciones, antes o después del sometimiento a la etapa de Visto Bueno?

Lo ideal debe ser antes de ingresar a la etapa de Visto Bueno deben traer el sello de otras instituciones tales como:

  • Mi Ambiente, si hay cuerpo de aguas cerca del área sometida a aprobación 
  • Aeronáutica Civil, cuando las segregaciones están cercanas al aeropuerto
  • ETESA, si se tiene servidumbres eléctricas involucradas.
  • ACP, si están en el Canal de Panamá o área de cuenca.
  • MOP, en el caso de segregaciones de calles o canales y otros que serán traspasados a la Nación, adicional a adjuntar las actas de aceptación de las mismas.

¿LO SABÍAS?

Exoneración o Disminución del impuesto inmueble de la finca madre

En cuanto al trámite de traspaso a la nación esto se realiza con cada Institución. De acuerdo con  la Ley 66 del 17 de octubre del 2017 que modifica artículos del código fiscal en su artículo 1, acápite 11, indica que los inmuebles que constituyan áreas de uso público cuando los  desarrollistas del proyecto

inmobiliario habitacionales, comerciales, industriales, turísticos,  o de naturaleza similar los hayan destinado para ese uso, segregando para sí el área correspondiente y se inscriban en el registro como fincas nuevas con una marginal donde se indique que dichas fincas serán traspasadas a la nación, al municipio respectivo o a cualquiera otra entidad pública con patrimonio propio autorizado por la Ley para resolver estas áreas. Es decir que pueden segregar para sí mismo estás áreas siempre y cuando se ponga la marginal, esto los ayuda en la exoneración