Inversiones en Áreas Rurales: Normativas y Oportunidades
Autor: Rubielka Romero
Inversiones en Áreas Rurales: Normativas y Oportunidades
Invertir en terrenos clasificados como rurales puede ser una estrategia lucrativa para algunos, pero es crucial entender y cumplir con las reglamentaciones para garantizar un desarrollo adecuado. En este blog, nos centraremos en el Decreto Ejecutivo 150 del 16 de junio de 2020 en Panamá, específicamente en el Capítulo III, Sección IV, que aborda las Veredas Peatonales y Servidumbres de Acceso en áreas rurales.
Inscripción en el Registro Público de Panamá:
Antes de cualquier desarrollo, es esencial que el terreno adquirido esté debidamente inscrito en el Registro Público de Panamá. Esto asegura la transparencia y legalidad en la propiedad, ya sea a nombre de una persona natural o jurídica.
Veredas Peatonales:
Según el decreto, las veredas peatonales deben tener un ancho mínimo de cuatro metros, salvo excepciones que permitan un ancho de hasta seis metros si se utilizan como acceso principal a los lotes. Es importante destacar que no deben servir como acceso principal en ningún caso, y su longitud no debe exceder los cien metros. Aunque diseñadas para uso peatonal, deben permitir el paso de vehículos de emergencia como ambulancias y carros de bomberos.
Segregación de Lotes:
Para aquellos interesados en segregar terrenos en lotes más pequeños, se deben tener en cuenta las limitaciones. Solo se permiten cinco segregaciones, con un tamaño mínimo de lote de 1000 metros cuadrados. El retiro de construcción debe ser de cinco metros desde la línea de propiedad. Además, asignar una servidumbre de acceso es fundamental, y esta debe ser segregada para su posterior traspaso al estado.
Servidumbres Viales en Áreas Rurales:
Si los parámetros anteriores no se cumplen, se aplicará la Sección III sobre Servidumbres Viales en Áreas Rurales. En este caso, se establece un ancho mínimo de 12.80 metros para servidumbres viales locales.
Palabras Clave y Definiciones:
- Acceso: Área que permite la comunicación peatonal o vehicular hacia un lote, edificación u otro lugar.
- Esquema de Ordenamiento Territorial: Define condiciones básicas de desarrollo y normas urbanísticas para parcelación, urbanización y segregación.
- Macrolotes: División de un terreno con mayor superficie que la establecida en la lotificación urbana convencional.
- Parcela: Superficie pequeña que resulta de la división de un terreno.
- Ordenamiento Territorial: Conjunto de acciones y políticas administrativas para la gestión del uso y ocupación del territorio, promoviendo el desarrollo sostenible y mejorando la calidad de vida.
- Entender y cumplir con estas reglamentaciones es crucial para el éxito de las inversiones en áreas rurales, contribuyendo al ordenamiento territorial y al desarrollo sostenible del país.